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Fernando González Simarro

“En la vida también hay que acordarse de lo que han hecho por ti”

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En la Fundación Antonio de Nebrija creemos en el poder de la educación, la cultura, la investigación y el compromiso social como motores de transformación. Gracias a la colaboración de personas e instituciones comprometidas con nuestra misión, podemos impulsar becas y ayudas al estudio, proyectos de investigación, iniciativas culturales, programas de emprendimiento, acciones solidarias y actividades que enriquecen la experiencia universitaria.

Cada aportación, independientemente de su importe, contribuye a generar nuevas oportunidades, apoyar el talento y seguir construyendo una comunidad universitaria más innovadora, inclusiva y comprometida con la sociedad.


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Un grupo de tres hombres se encuentra conversando en una sala con ventanas grandes y luz natural.
Fernando González-Simarro
Fernando González-Simarro, antiguo alumno y socio fundador y director general de ITG Auditores. Creador de las becas ITG Auditores-Alumni, ayudas económicas la estudio para estudiantes de posgrado.

“En la vida también hay que acordarse de lo que han hecho por ti”.

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Puedes realizar una deducción fiscal en Personas Jurídicas (Impuesto de Sociedades), y en Personas Físicas (IRPF), conforme a la normativa vigente.

Además, te haremos entrega de un Certificado fiscal que demuestra el donativo realizado. El cual recibirás por correo electrónico a la mayor brevedad.

Además podrás…

  • Recibir invitaciones institucionales y exclusivas a eventos.
  • Obtener un reconocimiento por parte de la Comunidad Nebrija.
  • Tener visibilidad en la Web de Nebrija Alumni.

Personas físicas (IRFP)*

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Hasta 250€

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Desde 250€

40%

Desde 250€Donativos recurrentes (2 años anteriores)

45%

*Límites de las deducciones en cuota y en sede del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes sujetos a la legislación fiscal vigente en cada territorio. 

Personas jurídicas (IS)*

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Cualquier cantidad

40%

Cualquier cantidad Recurrente (dos años anteriores) Del mismo importe o superior

50%

*Límites de las deducciones en cuota y de los gastos fiscalmente deducibles en sede del Impuesto de Sociedades sujetos a la legislación fiscal vigente. 

Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.  

  • La información fiscal ofrecida en esta página web es genérica. Se recomienda siempre que antes de realizar una aportación se consulte con un asesor/a especializado/a. 
  • En el País Vasco y Navarra las deducciones que se aplican pueden variar según las leyes forales propias.
  • Si no resides en España, pero obtienes ingresos en el país, las deducciones fiscales aplicables podrían variar.
  • Para obtener más información o resolver cualquier duda, contacta con el equipo de la FUNDACIÓN ANTONIO DE NEBRIJA.